La Autoridad Ambiental señala que las guías ambientales fueron creadas como un instrumento de autogestión y autorregulación de los sectores productivos y de consulta y referencia de carácter conceptual y metodológico, tanto para las autoridades ambientales como para el sector regulado, de manera tal que se cuente con criterios unificados para la planeación y el control ambiental de los proyectos, obras o actividades que se enuncian en la Resolución 1023 de 2005.Además de lo anterior, las guías ambientales adoptadas mediante acto administrativo ministerial, aplican a los proyectos, obras o actividades sujetas a licencias, permisos, concesiones o demás autorizaciones de carácter ambiental y lo dispuesto en las guías tendrá carácter complementario a los términos, condiciones y obligaciones bajo los cuales se autorizó dicho proyecto, obra o actividad.
En el presente concepto el MinAmbiente indica que conforme al marco normativo y jurisprudencial pertinente, las autoridades ambientales competentes, no se encuentran autorizadas a cobrar por el seguimiento de las guías ambientales como documento aislado o sin relación a un proyecto obra o actividad que este sujeto a licencias, permisos concesiones o autorizaciones ambientales.
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