La ley 1658 de 2013 indicó la prohibición de nuevas plantas de beneficio de minerales preciosos y control de las existentes. se prohíbe la ubicación de nuevas plantas de beneficio de oro que usen mercurio y la quema de amalgama de mercurio y oro en las zonas de uso residencial, comercial, institucional o reactivo.
En los casos de las plantas de beneficio de oro existentes al momento de la expedición de la ley en comento y que se encuentran en las zonas de uso del suelo, señaladas como prohibidas, tendrán un plazo máximo de tres años para su reubicación a partir de la promulgación.
Descargar Documento