“Confusión entre la obligación de garantía legal y las causales eximentes de responsabilidad: si bien existe solidaridad respecto al cumplimiento de la garantía, cuando la víctima decide que los arreglos sean realizados por alguien que no ha sido autorizado, asume los riesgos de su actuar y elimina esta carga del productor y comercializador. La ley obliga al consumidor a «obrar de buena fe frente a los productores y proveedores y frente a las autoridades públicas». Directrices de la carga de la prueba: (I) corresponde al consumidor demostrar el defecto o vicio que atenta contra la calidad, idoneidad y seguridad; (II) es deber del productor o proveedor demostrar la reparación, para lo cual debe expedir una constancia sobre las actividades realizadas y los repuestos suministrados; y (III) cuando se invoque una causal de exoneración, su demostración está en cabeza del productor o proveedor”.