legalmente establecidas, mediante convocatoria realizada por parte de la dirección departamental, distrital o municipal de salud”.
La Entidad señala que “el artículo 70 de la Ley 1438 de 2017 establece que las juntas directivas de las ESE del primer nivel de complejidad se integrarán entre otros, con un representante de los usuarios el cual, será designado por las alianzas o asociaciones de usuarios
legalmente establecidas, mediante convocatoria realizada por parte de la dirección departamental, distrital o municipal de salud”.