exclusivamente su sustento de las mismas (cobija al propietario del animal, al propietario del establecimiento, al apostador o a terceros, Toda vez que de la forma como se redacta puede generar diversas interpretaciones y alcances.
La SDA indicó que sobre el Proyecto de Ley 123 de 2022 “Por el cual se prohíben las riñas de gallos y se dictan otras disposiciones” es necesario que en el proyecto se Ley se defina con precisión el alcance de los términos dedicarse legalmente a la riña de gallos, derivar
exclusivamente su sustento de las mismas (cobija al propietario del animal, al propietario del establecimiento, al apostador o a terceros, Toda vez que de la forma como se redacta puede generar diversas interpretaciones y alcances.