Para la Sala, los argumentos del demandante no son pertinentes ni suficientes. La Corte concluyó que “según la acusación, el otorgamiento de facultades extraordinarias al presidente para expedir el estatuto de vigilancia y seguridad privada y su respectivo régimen de sanciones (en el Decreto-ley 356 de 1994) transgrede las competencias del Congreso (esto es en lo que insiste
el demandante), bien porque las normas son de carácter sancionatorio, o bien porque el régimen en cuestión es integral y omnicomprensivo y constituiría un Código. Aunque descarta la segunda como objeto de acusación, dice que respecto de las dos opciones se entendería transgredida la competencia del Congreso”.
Descargar documento