incluidas en el artículo 3 del Acuerdo PSAA12-9312-2012, actos que fueron proferidos por el Consejo Superior de la Judicatura. El demandante afirmó que el Consejo Superior de la Judicatura, mediante la Circular PSAC11-31 de 2011, creó requisitos distintos a los que el legislador estableció para que operara la figura del traslado y reguló una materia que ya había sido definida por el Decreto 1660 de 1978, pues la Ley 270 de 1996 se limitó a establecer las modalidades de los traslados, pero no reguló afinidades ni equivalencias de los cargos en la Rama Judicial, es decir, que en esos aspectos seguía vigente la normativa anterior.