redistribución de ingresos. En ese sentido, son las personas prestadoras de estos servicios quienes se encargan del recaudo de esta.
De acuerdo con la doctrina de la SSPD, la contribución de solidaridad es un impuesto con destinación específica, que se cobra a un grupo poblacional de condiciones socioeconómicas semejantes, a través de un recargo o sobrecosto en la factura de servicios públicos domiciliarios, con fines estrictamente de inversión social en atención al principio de solidaridad y
redistribución de ingresos. En ese sentido, son las personas prestadoras de estos servicios quienes se encargan del recaudo de esta.