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Consejo de Estado declaró infundado un recurso extraordinario de revisión presentado por MinTransporte para no tener que reparar a las víctimas por la falta de mantenimiento en una vía en el Chocó

Escrito por  Sep 30, 2021

La parte actora -MinTransporte invocó como causal de revisión la establecida en el numeral 5 del artículo 250 de la Ley 1437 de 2011, dado que, a su juicio, el Tribunal Administrativo del Chocó le vulneró su derecho al debido proceso, porque debió ser desvinculada del proceso al haber demostrado su falta de legitimación en la causa por pasiva. La

Sala estimó “que en este caso el recurso extraordinario de revisión no está llamado a prosperar, toda vez que, una vez analizados los argumentos bajo los cuales la entidad recurrente basó su demanda, observa que la supuesta irregularidad en la que incurrió el Tribunal Administrativo del Chocó en su sentencia -no declarar probada la excepción de falta de legitimación en la causa por pasiva- no se encuentra catalogada como una nulidad procesal”.

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