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Competencia de SuperSociedades en resolución de conflictos entre empresarios y administradores en un proceso de terminación de acuerdo

Escrito por  Abr 30, 2021

El concepto 220-034914-2021, establece que la SuperSociedades es competente para resolver, en única instancia, a través del procedimiento verbal sumario,

cualquier diferencia surgida entre el empresario y las partes, entre éstas entre sí, o entre el empresario o las partes con los administradores de la empresa, con ocasión de la ejecución o terminación del acuerdo, distinta de la ocurrencia de un presupuesto de ineficacia de los previstos en la referida ley. 

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