Santander, entidad que negó la autorización de las citas de control con cardiología pediátrica, pese a que al niño de seis años de edad se le había practicado una cirugía cardiovascular para conexión del ventrículo derecho a la arteria pulmonar”.
“La Corte Constitucional protegió los derechos fundamentales de un menor de edad de nacionalidad venezolana, a quien le fue negada la autorización para que fuera atendido por una patología cardiaca que padece. La madre del menor presentó una tutela contra el Instituto Departamental de Salud de Norte de
Santander, entidad que negó la autorización de las citas de control con cardiología pediátrica, pese a que al niño de seis años de edad se le había practicado una cirugía cardiovascular para conexión del ventrículo derecho a la arteria pulmonar”.