que posteriormente tuvo que pagar ella misma las cuentas que la fundación no pagó por carecer de fondos, en la medida en que la propia universidad había ordenado que se destinaran a otros convenios. En este orden de ideas, si la universidad pretendía recuperar lo pagado al contratista, tenía que adelantar una acción contractual contra la Fundación Fauca, en la cual estaba obligada a demostrar que ésta incumplió el convenio y que los perjuicios pagados en la conciliación fueron producto de dicho incumplimiento.