La modificación en el horario está contemplada en el Decreto Distrital No. 143 del 15 de junio de 2020 “Por el cual se imparten lineamientos para dar continuidad a la ejecución de la medida de aislamiento obligatorio en Bogotá D.C. y se toman otras determinaciones”, en el que se señala que todas las entidades públicas que cuentan con sedes de atención al público en el Distrito Capital, deberán establecer las 10:00 a.m. como hora de inicio para la prestación del servicio al ciudadano y adoptar las medidas necesarias para evitar aglomeraciones derivadas de su actividad.