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Texto de la sentencia que declara inhibida demanda contra la Ley sobre la organización del sistema de control fiscal financiero

Escrito por  Jul 07, 2020

La Corte Constitucional se inhibe de pronunciarse de fondo en relación con los cargos formulados contra el artículo 101 (parcial) de la Ley 42 de 1993, “sobre la organización del sistema de control fiscal financiero y los organismos que lo ejercen” por ineptidud sustantiva de la demanda.

De acuerdo con la Ley 42 de 1993 los contralores impondrán multas a los servidores públicos y particulares que manejen fondos o bienes del Estado, hasta por el valor de cinco (5) salarios devengados por el sancionado a quienes no comparezcan a las citaciones que en forma escrita les hagan las contralorías; no rindan las cuentas e informes exigidos o no lo hagan en la forma y oportunidad establecidos por ellas; incurrirán reiteradamente en errores u omitan la presentación de cuentas e informes; se les determinen glosas de forma en la revisión de sus cuentas, no adelanten las acciones tendientes a subsanar las deficiencias señaladas por las contralorías; no cumplan con las obligaciones fiscales y cuando a criterio de los contralores exista mérito suficiente para ello.

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