una mesada del 75 % del salario más alto devengado en el último año de servicios, incluyendo la totalidad de la bonificación por servicios prestados”- agrega el comunicado que respalda la decisión.
“La decisión obedece a una demanda de revisión que interpuso la Caja Nacional de Previsión Social (Cajanal), sustituida por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP). El fondo pretendía que se dejara sin efectos una providencia judicial que permitió que un pensionado disfrutara de
una mesada del 75 % del salario más alto devengado en el último año de servicios, incluyendo la totalidad de la bonificación por servicios prestados”- agrega el comunicado que respalda la decisión.