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SSPD explica el funcionamiento de las juntas directivas de sociedades anónimas prestadoras de servicios públicos

Escrito por  Oct 26, 2026

La SSPD analizó el régimen jurídico de las juntas directivas de las empresas prestadoras constituidas como sociedades anónimas, sus competencias y el conflicto de interés de los administradores, con base en la Ley 142 de 1994, la Ley 222 de 1995 y el Código de Comercio. La entidad concluyó que las facultades de los directivos deben ejercerse de manera colegiada y conforme a los estatutos, por lo que las actuaciones individuales frente a empleados, contratistas o proveedores pueden constituir extralimitación de funciones; que el derecho de información no es absoluto y se encuentra limitado por los deberes de lealtad, reserva y confidencialidad, y resulta improcedente su uso cuando existe un conflicto de interés con empresas competidoras; y que las funciones de fiscalización corresponden a la revisoría fiscal, no a los directivos. Precisó además que los accionistas cuentan con la acción social de responsabilidad para exigir el resarcimiento de perjuicios por dolo o culpa de los administradores.

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Modificado por última vez en Domingo, 25 Octubre 2026 19:50