La Agencia Nacional de Minería aclaró que, si bien las licencias de explotación del régimen anterior mantienen su validez y sus titulares pueden ejercer un derecho de preferencia para obtener nuevos contratos, la cesión de estos derechos requiere un orden específico. Aunque se apruebe la preferencia para un nuevo contrato de concesión, el proceso administrativo debe culminar primero con la firma y registro de dicho contrato a nombre del beneficiario original. Una solicitud de cesión no interrumpe automáticamente este trámite y, en general, la transferencia del nuevo título minero debería gestionarse una vez que este esté completamente perfeccionado y registrado, aunque cada caso se analizará individualmente bajo principios de legalidad y celeridad.