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¿Pueden las mayorías accionarias excluir a los minoritarios de las juntas directivas en sociedades anónimas y de economía mixta? SuperSociedades responde

Escrito por  Ago 05, 2026

La Superintendencia de Sociedades emitió un concepto sobre la elección de juntas directivas en sociedades anónimas, incluidas las de economía mixta, atendiendo inquietudes sobre la representación de accionistas minoritarios y posibles exclusiones. La entidad reitera la obligatoriedad del sistema de cuociente electoral, previsto en el artículo 197 del Código de Comercio, como una norma imperativa diseñada fundamentalmente para proteger a las minorías. Este mecanismo asegura que los distintos grupos de accionistas puedan proponer listas y obtener representación, distribuyendo los escaños de la junta con base en los votos y los residuos más altos, impidiendo que los grupos mayoritarios monopolizen la administración. Se subraya que los accionistas deben votar sus acciones uniformemente en una única lista, salvaguardando el derecho de participación, aunque sin garantizar una proporcionalidad estricta.

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Modificado por última vez en Martes, 04 Agosto 2026 20:21