El Ministerio de Ambiente precisó que la Corporación Autónoma Regional del Cauca (CRC) no puede basarse exclusivamente en un informe técnico de 2024 sobre el uso de aguas del Río Palo para otorgar nuevas concesiones o prórrogas, aún si la reglamentación formal está pendiente por consulta previa. El Ministerio subraya que la visita ocular en trámites de concesión es obligatoria y debe garantizar la intervención y oposición ciudadana, un proceso distinto al de reglamentación. Si bien el informe puede ser un insumo de apoyo, no reemplaza la visita debido a su antigüedad y la necesidad de asegurar derechos de participación. Las prórrogas dependerán de las condiciones originales de cada concesión.