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SSPD delimita las competencias de municipios, Nación y comisiones de regulación en la imposición de servidumbres

Escrito por  Feb 24, 2026

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios precisó el alcance de las competencias en materia de imposición de servidumbres para la prestación de servicios públicos domiciliarios, a partir de lo previsto en la Ley 142 de 1994. La entidad explicó que las empresas prestadoras no tienen competencia directa para imponer servidumbres por sí mismas. Si requieren afectar un predio o infraestructura para tender redes, instalar tuberías o garantizar la continuidad del servicio, pueden: solicitar que la servidumbre se imponga mediante acto administrativo, promover el proceso judicial previsto en la Ley 56 de 1981 o acordarla voluntariamente con el propietario.

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Modificado por última vez en Lunes, 23 Febrero 2026 21:15