Colombia Compra Eficiente (CCE) aclara que las Entidades Estatales tienen la obligación legal de realizar un análisis de mercado para fijar objetivamente el precio de un contrato, utilizando metodologías que definen autónomamente bajo el principio de autonomía administrativa. Una de las metodologías sugeridas por la "Guía para la Elaboración de los Estudios del Sector" de CCE es la revisión de precios históricos de contratos anteriores para estimar el valor de un futuro contrato estatal. Respecto a si estos estudios son "públicos y abiertos" conforme al literal c) del artículo 2.1.4.3.2.1 del Decreto 1600 de 2024, CCE indica que esta disposición no crea una nueva obligación de publicidad. De acuerdo con el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, las entidades ya estaban obligadas a publicar en el SECOP todos los Documentos del Proceso, incluyendo los estudios previos o el estudio de mercado, donde se consigna la metodología aplicada para fijar el precio. Por lo tanto, la revisión de precios históricos es un mecanismo válido para la estimación del valor contractual y el cumplimiento del Decreto 1600 de 2024, siempre que se consigne y se publique en los Documentos del Proceso, garantizando así el principio de publicidad.