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SuperSociedades explicó aspectos sobre las medidas cautelares que recaen en bienes de una sociedad en el marco de un proceso de extinción de dominio

Escrito por  Nov 20, 2025

La Superintendencia de Sociedades aclaró que, en procesos de extinción de dominio, las medidas cautelares pueden recaer sobre bienes inmateriales como marcas, licencias, software y criptomonedas, suspendiendo el poder dispositivo de los propietarios. Estos activos quedan bajo la administración de la Sociedad de Activos Especiales (SAE), que ejerce los derechos y se encarga de su custodia y administración hasta que se levante la medida o exista decisión definitiva. En particular, la Fiscalía dicta las medidas cautelares sobre criptoactivos para evitar su ocultamiento o negociación ilícita. Además, las cámaras de comercio registran estas medidas para control y seguimiento. Este marco busca asegurar la transparencia y el control efectivo sobre los activos durante el proceso judicial.

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Modificado por última vez en Miércoles, 19 Noviembre 2025 18:10