La Superintendencia de Sociedades aclaró que, en procesos de extinción de dominio, las medidas cautelares pueden recaer sobre bienes inmateriales como marcas, licencias, software y criptomonedas, suspendiendo el poder dispositivo de los propietarios. Estos activos quedan bajo la administración de la Sociedad de Activos Especiales (SAE), que ejerce los derechos y se encarga de su custodia y administración hasta que se levante la medida o exista decisión definitiva. En particular, la Fiscalía dicta las medidas cautelares sobre criptoactivos para evitar su ocultamiento o negociación ilícita. Además, las cámaras de comercio registran estas medidas para control y seguimiento. Este marco busca asegurar la transparencia y el control efectivo sobre los activos durante el proceso judicial.