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CREG indica plazos y responsabilidades para contratación y supervisión en proyectos de expansión del Sistema de Transporte de Energía

Escrito por  Nov 20, 2025

 La CREG aclara que los Operadores de Red (OR) deben contratar las firmas interventoras para los proyectos de expansión del Sistema de Transporte de Energía (STR) al manifestar por escrito su interés en ejecutar el proyecto, lo cual debe hacerse mínimo 32 meses antes de la puesta en operación y acompañarse del cronograma de ejecución y la selección del interventor. La firma interventora debe iniciar sus labores al comenzar el proyecto, conforme al cronograma aprobado, que puede modificarse una sola vez con visto bueno del interventor y debe entregarse a la UPME antes de la fecha inicial prevista. Los informes de interventoría deben presentarse cada 90 días calendario desde el inicio del proyecto, verificando el cumplimiento del cronograma, requisitos técnicos y normativa vigente. Estos informes se remiten a la SSPD, UPME y agente encargado para garantizar la adecuada supervisión y seguimiento. La respuesta toma como base la Resolución CREG 024 de 2013 y disposiciones legales relacionadas, enfatizando que la función consultiva no resuelve casos particulares, sino que establece lineamientos generales para la gestión y control en la expansión del STR.

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Modificado por última vez en Miércoles, 19 Noviembre 2025 17:44