El Ministerio de Ambiente aclaró que la cesión de permisos de emisiones atmosféricas, tanto en la etapa de otorgamiento como durante la vigencia, debe comunicarse expresamente a la autoridad ambiental, acompañada de la documentación correspondiente. El cesionario asume todos los derechos y obligaciones, mientras el cedente mantiene responsabilidad por incumplimientos previos. Contrario a lo que podría pensarse, la cesión no genera efectos inmediatos con la sola comunicación, sino que requiere pronunciamiento expreso de la autoridad mediante acto administrativo en un término máximo de 30 días hábiles. Este procedimiento específico aplica para permisos dentro del marco de licencias ambientales, respetando la normativa vigente y el principio de legalidad establecido en el Decreto 1076 de 2015, garantizando el control y la responsabilidad ambiental en dichos procesos.