La fórmula tarifaria para los pisos térmicos prevista en la Resolución UPME 355 de 2004 no ha sido modificada por la CREG porque esta entidad no tiene competencias para fijar el consumo básico de subsistencia utilizado para la asignación de subsidios, sino que esa función corresponde a la Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME). Además, la CREG regula la economía del servicio público domiciliario de energía y gas combustible, pero no las fórmulas de subsidios ni consumos mínimos que establecen otras entidades. Por lo tanto, preguntas sobre la vigencia y modificación de dicha fórmula deben ser dirigidas a la UPME, responsable de estos aspectos, y no a la CREG.