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Análisis de la Superintendencia de Sociedades sobre la caducidad de la acción social de responsabilidad y el término de prescripción

Escrito por  Abr 22, 2025

El análisis sobre la caducidad de la acción social de responsabilidad, según la Superintendencia de Sociedades, se centra en cómo y cuándo empieza a contarse el término de prescripción de cinco años establecido en la Ley 222 de 1995. Se plantean diversas preguntas sobre el inicio de este término, abordando momentos como la decisión de los accionistas de iniciar la acción o la cesación de la conducta dañina del administrador. La Superintendencia aclara que su función consultiva no puede abordar casos particulares, dejando la determinación de la prescripción a la autoridad judicial competente en cada caso concreto. Se enfatiza que el artículo 235 de la Ley 222 establece normas especiales que desplazan otras disposiciones en materia de prescripción. En conclusión, el inicio del término de caducidad y las circunstancias que lo afectan deben ser evaluados con base en el contexto específico de cada situación, y no hay una regulación única aplicable a todos los casos.

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Modificado por última vez en Lunes, 21 Abril 2025 22:25