EL decreto establece el reajuste de los valores absolutos del Impuesto sobre Vehículos Automotores, conforme al artículo 145 de la Ley 488 de 1998, aplicable a partir del 1 de enero de 2025. Este ajuste se realiza anualmente y tiene en cuenta la meta de inflación, que para 2025 se ha fijado en un 3%, según la Junta Directiva del Banco de la República. Los nuevos valores para el impuesto son para vehículos particulares.