La Circular de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios establece lineamientos para la toma de posesión de empresas de servicios públicos de energía eléctrica. Se enfatiza la responsabilidad del Estado de asegurar una operación eficiente y confiable en el sector, conforme a la Ley 143 de 1994. La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) tiene la función de definir el Reglamento de Operación, que incluye la limitación del suministro a comercializadores y distribuidores morosos. Se establece un procedimiento específico para implementar programas de limitación de suministro, asegurando que se mantenga la disponibilidad de energía y la sostenibilidad del sector. La Superintendencia advierte que el incumplimiento de estas normativas puede resultar en sanciones. Se exhorta a los agentes del mercado a cumplir con los procedimientos establecidos y a abstenerse de iniciar o continuar procesos de limitación de suministro en empresas bajo la medida de toma de posesión.