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ANM precisó el marco jurídico que regula el pago de regalías

Escrito por  May 27, 2024

La la ANM precisó que la regalía consiste en un porcentaje fijo o progresivo del producto bruto explotado objeto del título minero; esto último obedece a los minerales que estén expresamente comprendidos en el contrato de concesión, aprobados por la Autoridad Minera competente en el Programa de Trabajo e Inversiones (PTI) o Plan de Trabajos y Obras –PTO.

“La regalía se constituye en la retribución económica que debe recibir el Estado por el agotamiento de los recursos naturales no renovables de su propiedad, y al impacto ambiental que se genera a la sociedad con su explotación, razón por la cual, quien realice dentro de los cursos legales dentro del territorio nacional, actividades de captación, extracción o explotación de yacimientos imperativamente debe pagar las regalías, las que deberán ser declaradas, liquidadas y pagadas de conformidad con los términos, procedimientos y normas que regulan específicamente la materia”. La Entidad cita y explicar las normas vigentes relacionadas con el pago de regalías.

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Modificado por última vez en Domingo, 26 Mayo 2024 20:38