×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Imprimir esta página

Orientaciones de MinAmbiente sobre la ubicación y gestión de los sitios de disposición final de residuos de construcción y demolición -RCD-

Escrito por  Sep 25, 2023

Los municipios y distritos son los encargados de seleccionar los sitios específicos para la disposición final de los RCD, que pueden ser de carácter regional o local, teniendo en cuenta los criterios y la metodología de evaluación, dentro de la cual se identifican, entre otros, como criterios sujetos a evaluación, las características geomorfológicas, la degradación del suelo y el uso del suelo, además las entidades territoriales citadas, ejercen el seguimiento y control al manejo de los RCD en su jurisdicción, tomando en consideración ente otras disposiciones las contenidas en la Ley 1801 de 2016 o la norma que la modifique o sustituya, además de las normas urbanísticas que correspondan (artículos 11 y 17 de la Resolución 472/17, Ley 388 de 1996).

En otras palabras, cuando los municipios o distritos seleccionan en su jurisdicción los sitios de disposición final de los RCD conforme a los criterios y metodología establecida por el Ministerio en la Resolución 472/17 y las normas urbanísticas, tal decisión se refleja en el Plan de Ordenamiento Territorial -POT, Plan Básico de Ordenamiento Territorial -PBOT o Esquema de Ordenamiento Territorial - EOT, según el caso. De igual manera se precisa que la Resolución 472 de 2017 y su modificatoria, no establecen requisitos referentes a la propiedad para seleccionar los sitios de disposición final de RCD

Descargar Documento