Desde el año 1973, con la promulgación del decreto 1900 de ese año, fueron abolidas las acciones al portador con el único propósito de evitar facilitar el anonimato de los beneficiarios finales de una sociedad mercantil. La lucha mundial contra delitos tales como LA/FT/PDADM ha establecido estándares multinacionales de transparencia que, lejos de coadyuvar en las pretensiones de anonimato de quienes delinquen, exigen que, cada vez más, en las relaciones comerciales prime el debido conocimiento entre extremos, razón de más para desvirtuar la condición de oculto del accionista, sujeto que debe resultar plenamente identificable por parte de la compañía, así como de sus pares dentro de la misma.