permite comercializarlos únicamente a otros agentes del mercado o a la bolsa de energía.
El autogenerador es quien produce energía para si mismo, este podría comercializar energía exclusivamente a clientes con quienes tiene una vinculación económica directa, o con sus socios o miembros, sin hacer uso de las redes públicas del sistema. La posibilidad de venta de excedentes de energía de un autogenerador, a uno o más usuarios (personas naturales o jurídicas) cercanos no ha sido desarrollada aún en la regulación y cualquier venta al sistema usando las redes públicas debe realizarla únicamente a través de alguna de las figuras contempladas en las precitadas resoluciones, esto es, a través de un comercializador o de un generador.