momento en el que las EPS deben contratar a una IPS para que brinden los servicios que requieren algunos pacientes con diferentes patologías y dificultad de movilizarse”.
“La Corte, además de amparar los derechos a la salud, la vida, la dignidad humana e integridad personal de los accionantes entre los que se encuentran dos menores de edad y una persona de la tercera edad, exhortó al Congreso y al Ministerio de Salud para que regule el
momento en el que las EPS deben contratar a una IPS para que brinden los servicios que requieren algunos pacientes con diferentes patologías y dificultad de movilizarse”.