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ANM se pronunció sobre el término de duración del contrato de concesión minero

Escrito por  Nov 15, 2022

La ANM indicó que, el artículo 70 del Código de Minas - Ley 685 de 2001- que señala: “Artículo 70. Duración Total. El contrato de concesión se pactará por el término que solicite el proponente y hasta por un máximo de treinta (30) años. Dicha duración se contará desde la

fecha de inscripción del contrato en el Registro Minero Nacional.” A la fecha se encuentra vigente y no ha sido modificado.

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Modificado por última vez en Lunes, 14 Noviembre 2022 22:35