naturales y jurídicas incorporadas en el Registro Mercantil. La modificación implica que, “en la visualización de los reportes consolidados y discriminados, no se incluya el dato del teléfono comercial y que, en lugar de mostrarse el dato específico de ingresos, se pueda conocer el tamaño empresarial de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.13.2.2. del Decreto 1074 de 2015 que consagra los rangos para la definición del tamaño empresarial con base en los ingresos por actividades ordinarias anuales de la respectiva empresa dependiendo del sector económico en el que desarrolle su actividad”.