academia y sociedad civil organizada, quienes tendrán voz y voto.
El objeto del presente decreto es establecer las funciones de los Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnología e Innovación (Codecti) y los lineamientos para su composición y operación; estos contarán con la participación de miembros que representen al Estado, empresa,
academia y sociedad civil organizada, quienes tendrán voz y voto.