Aquellos prestadores del servicio público de aseo que operen en municipios con más de 5.000 suscriptores, podrán llevar los residuos sólidos gestionados a disposición final en instalaciones con tecnologías diferentes al relleno sanitario siempre y cuando dicha tecnología cuente con las autorizaciones que la
autoridad ambiental competente exija para su funcionamiento, y el costo por tonelada a cobrar en las tarifas no debe superar los costos que se derivan de llevar los residuos a disposición final en un relleno sanitario incluyendo el tratamiento de los lixiviados que generan.
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