A través del proyecto de norma de Minagricultura, la Entidad considera necesario ampliar el término señalado en el parágrafo 2 del artículo 2.3.3.4 del Decreto 1071 de 2015, hasta el 31 de diciembre de 2025, con el fin de superar las barreras que no han permitido el registro de las plantaciones forestales comerciales, causadas por las medidas adoptadas por la Declaratoria de Emergencia Sanitaria de la pandemia del COVID 19.