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Proyecto del MinTrabajo modificaría disposiciones sobre la obligación de los empleadores de cumplir el registro de vacantes en el servicio público

Escrito por  Jul 26, 2021

A través del proyecto se establecería que, los empleadores particulares deben registrar sus vacantes en el Servicio Público de Empleo a través de cualquier prestador autorizado. Cuando el registro se realice a través de medios distintos, la obligación no se considerará cumplida. Una vez registrada la vacante por parte del Empleador, el prestador del Servicio Público de Empleo verificará la información entregada y, en caso de cumplir con los estándares jurídicos mínimos, la publicará dentro de los dos (2) días hábiles

siguientes.

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Modificado por última vez en Lunes, 26 Julio 2021 08:03