tienen la condición de gastos de administración y, por ende, deben pagarse de preferencia sobre aquellas obligaciones objeto del acuerdo de reorganización o del proceso de liquidación judicial.
El concepto 220-028373-2021 dispuso que la restitución del inmueble procedería por el no pago por parte del deudor de los cánones causados con posterioridad al inicio del proceso, los cuales, como es sabido,
tienen la condición de gastos de administración y, por ende, deben pagarse de preferencia sobre aquellas obligaciones objeto del acuerdo de reorganización o del proceso de liquidación judicial.