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Concepto de la CREG relativo a los créditos de energía en la actividad de autogeneración

Escrito por  Abr 06, 2021

La CREG dispuso que los créditos de energía y el excedente son facturados y asociados a una única frontera comercial (punto de medición de la energía consumida y excedente a la red del usuario),

es decir, los equipos de generación no pueden fraccionarse para ser utilizados en varias fronteras comerciales y/o para cubrir responsabilidades comerciales

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