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Consideraciones de la CREG en cuanto a los cargos de distribución para gas y energía

Escrito por  Mar 18, 2021

A través de concepto se estableció que, los cargos de distribución y comercialización de gas combustible por redes se aprueban para un mercado relevante, conformado por uno o más municipios, y cualquier prestador del servicio puede prestar el servicio a los usuarios de ese mercado, ajustándose a dichos cargos.

La unidad mínima de un Sistema de Distribución Local, SDL, para que un Operador de red, OR, solicite cargos por uso, corresponde a un municipio, acorde con lo establecido en la definición de Operador de Red establecida en el Artículo 3 de la Resolución CREG 015 de 2018. El Costo por uso de Sistemas de Distribución es definido por la CREG para cada Operador de Red, y será cobrado por todos los comercializadores que atiendan usuarios conectados a las redes de dicho OR.

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