A través del Decreto Legislativo 457 (22 de marzo de 2020) el Presidente impartió instrucciones como la de ordenar el aislamiento preventivo obligatorio de todos los habitantes de la República; sin embargo, para garantizar, derechos fundamentales, se permite la circulación de las personas realicen “Las actividades necesarias para garantizar la operación, mantenimiento, almacenamiento y abastecimiento de la prestación de servicios públicos de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, alumbrado público, aseo (recolección, transporte, aprovechamiento y disposición final, incluyendo los residuos biológicos o sanitarios)