Los aportantes de la Contribución deberán efectuar la liquidación y presentar sus declaraciones a más tardar en los primeros 20 días hábiles del mes siguiente al del período objeto de la declaración. Para este efecto deberán atender el siguiente procedimiento: Inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT), de acuerdo con el procedimiento previsto por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN. Inscribirse en la plataforma de liquidación y pago parafiscal del Fondo Nacional de Turismo. Registrar la información correspondiente al establecimiento o de cada uno de sus establecimientos o actividades. Presentar la liquidación trimestral privada en el formato y medios electrónicos que para tal fin disponga el sujeto activo. Firmar el formato de declaración. Cuando se trate de personas jurídicas deberá firmar el representante legal. También deberá estar firmado por el contador público y cuando exista la obligación legal de contar con revisor fiscal, bastará con la firma de éste. Será admisible firma digital.