La SSPD precisó su competencia ante consultas sobre el apoyo a recicladores y el uso de recursos municipales. Aunque reconoce la protección constitucional de los recicladores de oficio, instando a los municipios a promover su formalización y organización, la entidad no puede determinar el uso específico de los ingresos de libre destinación ni los fondos del Sistema General de Participaciones, cuya asignación es responsabilidad de otras instancias y está sujeta a normativas presupuestales estrictas. La SSPD enfatiza que los apoyos deben dirigirse a organizaciones formalizadas, y no a recicladores individuales, y no interviene en aspectos contractuales o laborales municipales.