La CRA aclaró que los cobros por "cuota de afiliación" o "derechos" son improcedentes desde 1999, permitiéndose solo "Costos Directos de Conexión" o "Cargos por Expansión del Sistema", que cubren específicamente la conexión física. Los prestadores, salvo organizaciones comunitarias pequeñas, deben basar estos cobros en costos reales de materiales, mano de obra y medidor, con soportes detallados para evitar barreras de acceso. Respecto a ajustes del CMI, pueden actualizar costos por indexación o pasos directos, incluyendo nuevas inversiones si cumplen el plan sin alterar el valor total proyectado. Las modificaciones sustanciales o errores de planeación no se consideran actualizaciones simples y deben seguir trámites específicos, reportando la información a la SSPD.