La entidad aclara que el nuevo prestador debe cobrar a sus suscriptores por las toneladas no aforadas liberadas, según la Resolución CRA 943 de 2021 y la Circular Conjunta CRA-SSPD 01 de 2021. Para la asignación y reconocimiento de recursos asociados a diferencias, se recomienda un acuerdo común entre operadores preexistentes. El traslado de fondos deberá atender lo pactado en el reglamento del Comité de Conciliación de Cuentas, conforme a la Resolución CRA 1011 de 2024.