La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) precisó que la certificación de viabilidad y disponibilidad inmediata de servicios públicos es un instrumento informativo mediante el cual el prestador indica si cuenta con la capacidad técnica, operativa y de infraestructura para atender un proyecto en condiciones actuales, pero no equivale a una garantía de conexión ni obliga a ampliar redes. Señaló que esta certificación debe basarse en información real y verificable, y emitirse conforme a las reglas de cada servicio. En cuanto al término para resolver la solicitud, aclaró que rigen los plazos generales del procedimiento administrativo, por lo que el prestador debe responder dentro del término legal, sin dilaciones injustificadas, y que el silencio no puede entenderse como aprobación automática de la viabilidad.