La supervisión de organizaciones autorizadas, incluyendo acueductos veredales y entidades sin ánimo de lucro, corresponde exclusivamente a la Superintendencia, desplazando las funciones de los gobernadores departamentales en estos temas. La toma de posesión del servicio público puede ordenarse para administrar o liquidar la empresa, según las causales establecidas en la ley, con el objetivo de garantizar la continuidad y calidad del servicio. La intervención busca superar problemas y asegurar la prestación efectiva del servicio, con distintas etapas y tipos, dispensando la aprobación previa de contratos por parte de la entidad.