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SSPD esclarece la naturaleza pública, privada o mixta de los recursos recaudados por empresas del sector

Escrito por  Sep 15, 2025

La Superintendencia aclara que la naturaleza jurídica de las empresas de servicios públicos y de sus recursos depende del tipo de sociedad y del porcentaje de aportes públicos o privados que conforman su patrimonio, determinando si son oficiales, mixtas o privadas. Aunque el régimen jurídico de sus actos es de carácter privado, los recursos recaudados pueden ser públicos, privados o mixtos según esta naturaleza. Las facturas de servicios públicos incluyen cobros por consumo, cargo fijo y contribuciones solidarias, siendo estas últimas tributos con destinación específica, lo que los convierte en recursos públicos. Por tanto, en la facturación pueden coexistir recursos privados y públicos, especialmente en empresas privadas que administran contribuciones con connotación tributaria. Esta definición escapa a la competencia directa de la Superservicios, que se limita a la inspección y vigilancia de la prestación del servicio. 

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Modificado por última vez en Domingo, 14 Septiembre 2025 19:23